Para quién
Para los que llevan mucho tiempo esperando la valoración y la concesión de su Nacionalidad Española
Prestamos servicio en toda España
Tramitamos su recurso contencioso administrativo en la Audiencia Nacional, esté donde esté…
¿Todavía no le han dado una respuesta?
RESCATAMOS SU EXPEDIENTE DE NACIONALIDAD
RESCATAMOS SU EXPEDIENTE DE NACIONALIDAD, de entre las 300.000 solicitudes que existen en el Ministerio de Justicia
El motivo del retraso en la resolución de su expediente, se debe a la alta cantidad de procedimientos pendientes de ser tramitados por el Ministerio de Justicia.
El procedimiento de nacionalidad española por residencia sigue siendo un problema para el Ministerio de Justicia y la Dirección General de los Registros y del Notariado que, pese a la implantación de diversos Planes Intensivos de Nacionalidad y firma de encomiendas con Registradores de la Propiedad y Notarios en los últimos años, no han logrado mitigar el atasco de miles de expedientes (más de 300.000) que aún quedan por resolverse.
Este sistema es del todo insuficiente teniendo en cuenta la gran cantidad de procesos pendientes, muchos de ellos presentados de forma distinta a la recomendada por el Ministerio de Justicia, la vía telemática, que complica más aún si cabe, la posibilidad de tramitar y resolver estos miles de expedientes con una cierta celeridad.
La SOLUCIÓN para RESCATAR su Expediente de Nacionalidad es la:
INTERPOSICIÓN DEL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ANTE LA AUDIENCIA NACIONAL.
¿POR QUÉ?
Porque al interponer el Recurso Contencioso Administrativo, la Audiencia Nacional le requiere inmediatamente al Ministerio de Justicia el expediente administrativo de su caso:
Teniendo desde ese momento el Ministerio de Justicia la obligación de resolver su caso, con 2 OPCIONES:
1. Remitiendo su Expediente Administrativo a la Audiencia Nacionaldad, para continuar la tramitación del recurso.
2. Concederle directamente la Nacionalidad Española (Satisfacción extraprocesal, en el 95% de los casos).

• ¿Qué documentos son necesarios para la interposición del recurso?
Los documentos necesarios para la interposición del recurso contencioso administrativo por denegación de la nacionalidad son:
- Anuncio del recurso.
- Poder representación al procurador.
- Solicitud de la nacionalidad.
Si no dispone de estos documentos, podemos presentar tan sólo el anuncio del recurso, y posteriormente la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional nos dará un plazo de 10 días para subsanar la aportación de estos documentos.
• ¿Cómo se tramita el recurso?. Esquema del procedimiento.
Pinche aquí para desplegar el esquema del procedimiento
El recurso contencioso administrativo por denegación de la nacionalidad se tramita ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional.
El recurso se tramita por los cauces del Procedimiento Ordinario Contencioso administrativo.
Una vez admitido a trámite el recurso, la Audiencia Nacional requiere a la Administración demandada la remisión del expediente administrativo, y una vez recibido éste, dan trámite de 20 días hábiles para la presentación del escrito de formalización de la demanda.
Una vez presentada la demanda, la Sala da traslado de la misma al abogado del Estado, para que la conteste también en el plazo de 20 días hábiles.
Contestada la demanda por el abogado del Estado, la Sala da trámite a las partes para presentar escrito de Conclusiones, que una vez presentados, quedan los autos vistos para Sentencia.
(En estos procedimientos nunca se celebra vista, porque tan sólo se admite la prueba documental (Expte. administrativo y resto de documentos).
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Si ya ha presentado la solicitud de la Nacionalidad, y aún no ha obtenido respuesta, LE DECIMOS POR QUÉ
Rellene el siguiente formulario, y le explicaremos el motivo de que su Nacionalidad aún no haya obtenido respuesta. También puede llamarnos al (+34) 914 856 649 / 669 75 85 85. info@nogueraabogados.com